La Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados del Ecuador, ACHPE demanda de la Corte Constitucional un tratamiento excepcional, prioritario y urgente de su alegato ingresado el 26 de Abril de 2024.
En dicho recurso, ACHPE destacó la amenaza que cual espada de Damocles, blandía sobre la cabeza de los pacientes con insuficiencia renal crónica, al enfrentarse al riesgo de suspensión de la terapia sustitutiva renal, lo que pondría en peligro su salud y en alto riesgo sus vidas.
En su alegado de Abril de 2024, ACHPE solicitó a la Corte Constitucional, activar la fase de seguimiento de su sentencia Nº 16-16-JC, emitida el 30 de Septiembre de 2020. En esta sentencia, la Corte dispuso al Ministerio de Salud Pública y al de Economía y Finanzas pagar la deuda que a esa fecha mantenía el MSP con los Centros Especializados de Diálisis Privados; también dispuso definir y ejecutar un mecanismo de coordinación entre ambos ministerios para que la amenaza estructural que pesaba sobre estos pacientes, no produjera la vulneración de su derecho constitucional de recibir la terapia de diálisis y de esa manera evitar un daño grave e irreversible.
Es urgente que la Corte Constitucional se pronuncie en este escenario en el que los Centros Especializados de Diálisis, luego de un esfuerzo descomunal realizado por varios meses, están ya a punto de suspender el servicio porque no tienen capacidad de proveerse de insumos, dispositivos, etc. toda vez que sus proveedores ya no los consideran sujetos de crédito, cuando han dejado de pagar al personal por varios meses y sus deudas los superan.
ACHPE apela al profesionalismo, responsabilidad y seriedad de la Corte Constitucional y confía que la emisión oportuna de su criterio sobre este tema por demás urgente, nulite la espada de Damocles que hoy se cierne sobre los 17.008 pacientes con insuficiencia renal crónica que son atendidos por los Centros Especializados de Diálisis privados y que representan el 88% de los pacientes con esta afección, en el país.
Econ. Ana Delgado Cedeño
Directora Ejecutiva
C.I.: 130212838-2
Quito, 15 de julio de 2024.